¿ COMO SERÁ LA NUEVA LEY HIPOTECARIA ?
Después de la tormenta que tuvimos en España con la ya famosa e histórica burbuja inmobiliaria llega la calma, y con esta calma es cuando el gobierno decide actuar y realizar algunas actualizaciones en nuestra legislación hipotecaria. Cuando dejamos atrás las sucesivas e innumerables sentencias sobre las cláusulas abusivas y la dramática avalancha de desahucios, es hora de reconducir el mercado hipotecario y ofrecer nuevas garantías para que el consumidor vuelva a estar cómodo, confiado, e informado con la contratación de su préstamo hipotecario para la adquisición de su vivienda.
A día de hoy podemos decir que la normativa que fue aprobada en 2017 y que actualmente está en fase parlamentaria, queda a la espera de aparecer en el BOE para antes del verano. A continuación vamos a enumerar las novedades que tendremos en la nueva Ley Hipotecaria:
- Será más complicado activar un proceso de desahucio.
Hasta ahora para activar el vencimiento anticipado, paso previo al proceso de desahucio, bastaba con dejar de pagar tres mensualidades para que el banco pudiera ejecutar el vencimiento anticipado del préstamo. A partir de ahora con la nueva ley, será prescindible que el impago durante la primera mitad de vida de la hipoteca llegue al 2% de la deuda total, y en el resto del plazo de la vida del préstamo tiene que subir hasta el 4% para que nos puedan desahuciar.
- Tendremos la opción de cambiar de tipo de interés variable a fijo sin pagar ninguna comisión.
Efectivamente, a partir del tercer año de vida de la contratación de la hipoteca a interés variable, se podrá pasar a un tipo fijo sin que por ello se nos apliquen comisiones ni penalizaciones.
- La comisión máxima de reembolso anticipado para una novación o cambio de entidad en la que se pacte un tipo fijo será del 0,25% en los tres primeros años y después desaparecerá
- Tendremos un contrato estándar con cláusulas básicas para todos.
Con la nueva ley se contempla la creación de un contrato estándar con las cláusulas básicas al que se podrá acoger el consumidor y sobre el que el banco deberá perfilarle una proyección de los pagos que tendrá que hacer hasta la extinción de la hipoteca.
- Los notarios nos podrán examinar gratis.
El principal pilar de la futura normativa es la transparencia y la claridad de la información que se le da al consumidor sobre la contratación y limitaciones que contempla su hipoteca dependiendo de los diferentes supuestos. A este respecto, para certificar que estamos perfectamente enterados de toda la información de nuestra hipoteca, los futuros hipotecados podrán solicitar 7 días antes de la firma del contrato al notario un examen gratuito que dará fe de nuestro pleno conocimiento y que nos existen clausulas opacas en nuestro contrato .
- Los empleados del banco no tendrán bonificaciones ni incentivos por hipoteca vendida.
Los empleados que nos quieran vender el producto de sus hipotecas podrán también ser examinados para demostrar su total conocimiento de la hipoteca o el producto que nos están vendiendo. Tampoco serán bonificados por la entidad por la mayor colocación de hipotecas a los clientes.
- Fuera la obligación de contratar vinculaciones con el banco.
A día de hoy la mayoría de las hipotecas, por no decir todas, llevan una serie de productos vinculados bonificándonos el tipo de interés dependiendo de los productos que tengamos contratados. Con esta nueva ley, será ilegal que condicionen la aceptación del prestatario a la contratación de estos productos vinculados con el fin de bonificar el tipo de interés.
Con respecto al seguro obligatorio de hogar, condición obligada por Ley, ya no será obligatorio contratarlo con la entidad que nos conceda la hipoteca, sino que podremos contratarlo con cualquier otra entidad si así lo deseamos.
- La penalización por impago o retraso de una sóla cuota.
A día de hoy no se regula en la ley la comisión por impago o retraso de una cuota. Algunos bancos por este retraso te cobran una comisión de 35 a 39 euros, penalizaciones abusivas que pueden superar el 25% sobre la mensualidad. Con la nueva ley a partir de ahora, si nos retrasamos en el pago de una mensualidad, la penalización máxima que nos podrán imponer será de un interés adicional de tres veces el interés legal del dinero.
- Cambio de divisas de referencia sin penalizaciones.
Con la nueva ley podremos cambiar de divisa sin ningún tipo de problemas ni penalizaciones. Si tenemos contratado un préstamo referenciado con francos suizos o yenes, podremos cambiar sin problemas ni comisiones a euros, igualmente podremos cambar de euros a yenes o francos suizos.
Estas son las principales medidas que entraran en vigor en la nueva Ley Hipotecaria de nuestro país. Desde inmogestate Property se las hemos contado de una forma sencilla y entendible para que todos los consumidores que decidan contratar una hipoteca puedan comprobar que estas medidas son aplicadas en sus contratos una vez la nueva Ley Hipotecaria se haya publicado en el BOE.
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